Condenan al SAS por no diagnosticar a tiempo un tumor que provocó la muerte de un paciente

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 90.000 euros más los intereses correspondientes a los familiares de un vecino de Nerja al que no se le diagnosticó a tiempo el cáncer de páncreas que padecía, lo que le provocó la muerte en abril de 2008, cuando tenía 45 años. Así, el juez entiende que «ha existido una mala praxis médica» en la asistencia sanitaria prestada a este hombre, que dejó viuda y dos hijos, uno de ellos entonces menor de edad.

En la resolución judicial, que ya es firme, puesto que la Junta de Andalucía ha notificado al juzgado su intención de no recurrirla, el tribunal detalla el ‘calvario’ médico que tuvo que soportar este vecino de Nerja, que acudió por primera vez a las Urgencias del Hospital Comarcal de la Axarquía el 28 de septiembre de 2007, con un fuerte dolor abdominal, siendo diagnosticado de pancreatitis aguda y de una posible coledocolitiasis.

El hombre volvió a ingresar en este mismo centro hospitalario entre el 28 y el 31 de octubre, realizándosele dos pruebas. Posteriormente, tuvo un segundo ingreso, del 16 al 20 de noviembre, en el que se observó que el páncreas estaba aumentado, por lo que se le derivó a Carlos Haya para realizarle una biopsia. Esta prueba resultó negativa para células malignas, según recoge el fallo. El 10 de diciembre se le sometió a un TAC, en el que se observó una lesión en la cabeza del páncreas, compatible con una neoplasia, esto es, con un tumor. El 18 de diciembre se le realizó una nueva prueba, consistente en una punción del órgano afectado, con resultado negativo, y otro test que sí arrojó «masa pancreática con cáncer de páncreas, sin confirmación histiológica».

«En lugar de comenzar con el tratamiento adecuado, le dieron cita para el 10 de enero de 2008, para ser valorado en sesión oncológica», recoge el fallo, que señala que el 27 de diciembre, el paciente se trasladó a la Clínica Universitaria de Navarra, donde le diagnosticaron el cáncer y comenzaron a aplicarle quimioterapia, aunque le advirtieron que se encontraba en una fase cuatro, es decir, con metástasis, por lo que el tratamiento sería sólo paliativo, no curativo. «Se deduce que ha existido un error en el diagnóstico», sostiene el juzgado, que asegura que «difícilmente en ocho días se puede desarrollar un cáncer de grado cuatro, lo que indica que el tumor existía con anterioridad, atendiendo a la sintomatología que presentaba desde el mes de octubre».

«Pruebas no adecuadas»

«El retraso en el diagnóstico no fue debido a la evolución natural de la patología del cáncer de páncreas en una semana, sino a que no se le realizaron las pruebas adecuadas o que las realizadas no se le efectuaron adecuadamente (…), el cáncer no empezó a desarrollarse el 19 de diciembre», sostiene el juez, quien deja claro que «no se puede imputar a la Administración el fallecimiento, toda vez que este se debe al desarrollo de la enfermedad (…), lo que sí es imputable es un retraso en el diagnóstico y la pérdida de oportunidad de haber efectuado un tratamiento adecuado», sostiene.

La familia del fallecido, fue representada por la abogada Dolores de Aynat.

Articulo orgina de : diariosur.es

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Ir arriba